Todas las ayudas a empresas frente a la COVID-19

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La Asociación Española de Banca (AEB) y la CECA, ha habilitado una nueva página web que recoge todas las iniciativas desarrolladas por el sector en la lucha contra el coronavirus. Con ella, se ofrece un servicio público de utilidad tanto para las familias, como para los autónomos y empresas.Puedes encontrar toda esa información en  www.labancafrentealcoronavirus.es.

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) tiene a tu disposición su teléfono gratuito para responder a todas las dudas que le puedan surgir al autónomo a raíz de la crisis sanitaria Y que puedan necesitar orientación sobre la financiación y ayudas económicas disponibles, o los trámites necesarios para solicitarlas.

El teléfono para consultar de forma gratuita al Gabinete Jurídico de ATA es el 900 10 18 16. También se puede pedir información cumplimentando un cuestionario disponible en su página web: https://ata.es/asesoramiento/

La Xunta de Galicia presenta algunas de sus nuevas ayudas dentro del «Plan de digitalización», cuyos beneficiarios serán las pymes, comercios y autónomos de la comunidad gallega.

  • Comercio electrónico
  • Teletrabajo
  • Digitalización del medio Rural
  • Digitalización de las Pymes
  • Internacionalización

En las próximas semanas se publicarán las convocatorias de ayudas dirigidas a facilitar el Teletrabajo, compra de material informático, licencias de software y soporte técnico remoto, medidas de impulso a la digitalización de la pymes e industria 4.0, y la transformación tecnológica de negocios rurales (conexión, soluciones de ciberseguridad, control de aforos…)

La Consejería de Empleo e Industria de Castilla y León ha convocado subvenciones para personas que, tras perder su empleo en la crisis provocada por el COVID-19, decidan comenzar por cuenta propia un nuevo proyecto. Podrán solicitar estas subvenciones los desempleados y desemplead que figuren en los servicios públicos de empleo.

Las ayudas están dirigidas a financiar los primeros gastos de puesta en marcha del negocio, así como parte del coste de contratación de los servicios externos necesarios para el desarrollo de la actividad relacionados con la digitalización y/o el teletrabajo. También para los cursos relacionados con el teletrabajo, nuevas tecnologías de la información y la comunicación, y la venta on-line.

A estas subvenciones pueden acceder las personas trabajadoras que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 14 de marzo de 2020 y el día 16 de octubre de 2020, y que hayan estado inscritas como desempleadas en los Servicios Públicos de Empleo y cuya situación de desempleo provenga de un despido o cese en una actividad por cuenta propia, que haya tenido lugar entre la fecha de declaración de estado de alarma, 14 de marzo de 2020, y la fecha de finalización de dicho estado.

Además de todo lo que te acabamos de comentar, debes conocer

Ingreso Mínimo Vital.- La renta mínima ha entrado en vigor como una prestación permanente pero permite acogerse a los hogares que hayan visto disminuir sus ingresos drásticamente por el coronavirus si quedan por debajo de los umbrales previstos.

Impuestos.- El Gobierno amplía los plazos de presentación y pagos de las declaraciones trimestrales de impuestos para autónomos y pymes (IVA, IRPF y fraccionamientos de Sociedades). El aplazamiento tributario pasa de tres a cuatro meses sin abonar intereses.

Agricultores.- Los parados, trabajadores con subsidio agrario, renta agraria o con prestación por desempleo podrán trabajar en el campo sin perder el paro. Las medidas de flexibilización se prorrogan hasta el 30 de septiembre.

Se reduce la cotización para trabajadores agrarios durante periodos de inactividad en 2020.

Avales. – El Gobierno aprobó el 19 de mayo el cuarto tramo de la línea de avales del ICO para dar liquidez a las empresas por un importe de 20.000 millones. Los gastos notariales se reducen un 50 % para la novación de préstamos (excluidos los hipotecarios).

Empleadas de hogar.- Las empleadas de hogar que hayan perdido su trabajo durante el estado de alarma o hayan visto reducidos sus ingresos tienen derecho a cobrar un subsidio extraordinario con el límite del salario mínimo (950 euros). El importe es del 70 % de la base de cotización y se puede compatibilizar con otros empleos.

Paro.- Durante el periodo de alarma, el retraso en presentar una prestación por desempleo o una reanudación «no reducirá la duración del derecho a la prestación». Si un autónomo quiere cobrar el paro tendrá que estar al corriente del pago de las cotizaciones o regularizarlas en el plazo de 30 días. Los trabajadores despedidos durante el periodo de prueba desde el 9 de marzo y los que extinguieron voluntariamente el contrato desde el día 1 de marzo por una oferta laboral que haya decaído podrán cobrar el paro.

Alquileres. – El Gobierno articula ayudas al alquiler, suspende los desahucios en seis meses y los contratos se renuevan automáticamente por medio año si caducan ahora. Los inquilinos vulnerables (parados, afectados por un ERTE o autónomos) pueden pedir microcréditos a interés cero a devolver hasta en 10 años

Los empresarios podrán renegociar el pago de alquileres de locales de negocios, en particular de aquellos que sean propiedad de grandes tenedores o empresas públicas. En el caso de otros propietarios, la fianza servirá para pagar y tendrá que reponerse en un año.

Autónomos. – Los autónomos y las empresas podrán aplazar durante seis meses el pago de sus cuotas a la Seguridad Social y el pago de sus deudas también se aplaza hasta el 30 de junio de 2020.

Vivienda.- Durante el estado de alerta por el coronavirus, queda prohibido el corte de suministros de agua, luz o gas a hogares vulnerables. Además, se prorroga de forma automática hasta el 15 de septiembre el bono social para los beneficiarios pendientes de renovar la solicitud. El descuento en la factura eléctrica puede llegar al 40 %.

Hipotecas.- Los trabajadores que se queden en paro o pierdan una parte sustancial de sus ingresos (al menos el 40 %) y los empresarios cuyas ventas se desplomen podrán aplazar el pago de sus hipotecas hasta el 3 de mayo. La moratoria sólo se aplica para la vivienda habitual.

Reducción de jornada. – La Seguridad Social compensará el pago de los salarios a los trabajadores que tengan que quedarse en casa o reducir su jornada para cuidar familiares.

Planes de pensiones. – Los autónomos que hayan cesado su actividad por el coronavirus y las personas afectadas por un ERTE podrán rescatar las aportaciones realizadas a los planes de pensiones para aliviar sus necesidades de liquidez. Se facilita el rescate de los fondos de pensiones, se definen las circunstancias, el plazo y el importe máximo del que se puede disponer.

Problemas de liquidez. – Ante la posibilidad de que algunas empresas tengan problemas de liquidez para efectuar los ingresos de determinadas autoliquidaciones, la Agencia Tributaria va a adaptar su operativa. Así las empresas que se acojan al mecanismo de liquidez que ofrece el decreto no recibirán apremios por impago de impuestos mientras no les llegue la línea de financiación.

Quiebras. – Las empresas en quiebra no tienen la obligación de declararse en concurso de acreedores. Habrán de transcurrir dos meses desde que acabe estado de alarma para que los jueces puedan admitir a trámite estas solicitudes de concurso necesario.

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