UPTA, y su propuesta de cuota en seis tramos para la cotización de los autónomos

UPTA, y su propuesta de cuota en seis tramos para la cotización de los autónomos
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Desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) reclaman un nuevo sistema de cotización al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), por el cual más de 3.250.000 personas trabajadoras autónomas realizan su aportación al sistema público de la Seguridad social.

Por ello, han realizado una propuesta con cambios dirigidos a la adecuación de las cotizaciones, a los rendimientos netos de las personas trabajadoras por cuenta propia, o lo que es lo mismo, a los rendimientos netos de actividades económicas y/o profesionales declaradas a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Seis tramos de cotización distintos para los autónomos

En primer lugar,rebajar el esfuerzo contributivo de aquellos autónomos que declaran rendimientos netos por debajo del SMI. Para los que obtengan rendimientos netos superiores al 50% del SMI y no superiores a la cuantía del SMI en cómputo anual: se establecerá una cuota de cotización reducida que se calculará sobre el 50% de la base mínima de cotización vigente.

  • Primer tramo. Para aquellos autónomos cuyos rendimientos netos superen la cuantía del SMI en cómputo anual y no excedan de 25.000 euros anuales, la base mínima de cotización mensual será de 944,40 €.

  • Segundo tramo. Para los trabajadores por cuenta propia, cuyos rendimientos netos de actividad se encuentren entre los 25.000€ y los 30.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será la equivalente a la base mínima de cotización mensual (Grupo A), prevista para las personas trabajadoras autónomas societarias, 1.214,08€.

  • Tercer tramo. Para aquellos autónomos cuyos rendimientos netos de actividades económicas y/o profesionales estén comprendidos entre los 30.000€ y los 40.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será un 20% superior al tramo anterior, 1.456,96€.

  • Cuarto tramo.Las personas trabajadoras autónomas que obtengan rendimientos netos de actividades, por importes comprendidos entre los 40.000€ y 50.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será de un 20% superior al tramo anterior, 1.748,34€.

  • Quinto tramo Los autónomos que obtengan rendimientos netos de actividades, por importes comprendidos entre los 50.000€ y 60.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será de un 20% superior al tramo anterior, 2.098 €.

  • Sexto tramo Los trabajadores por cuenta propia que obtengan rendimientos netos de actividades económicas y/o profesionales superiores a 60.000€ anuales, la base mínima de cotización mensual será de 2.517,60€.

Este sistema de tramos de cotización será opcional para los autónomos

Se podrá elegir el su tramo de cotización en función de sus previsiones de rendimientos netos anuales y pudiendo cambiar de base de cotización cuatro veces al año. Al final del ejercicio fiscal se regularizarán las cotizaciones para que las mismas se adecúen a los rendimientos netos realmente obtenidos en el ejercicio económico.

El sistema que proponen desde UPTA garantiza que ninguna persona trabajadora autónoma haga aportaciones indebidas al sistema Es necesario que la gran mayoría de los cotizantes al RETA se incorporen al nuevo sistema de cotización en función de sus rendimientos netos. A juicio de UPTA deberían quedar excluidos del sistema de cotización al RETA que se propone, los familiares colaboradores de los autónomos y los religiosos incluidos en el campo de aplicación del RETA.

Por otro lado, también apuestan por la puesta en marcha de una Mesa de Negociación para los trabajadores por cuenta propia del sector agrario y del mar. Parece que el diálogo con los representantes de los autónomos no termina de ser fluido y continúan las discrepancias.

Imagen|Pexels

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