El Supremo unifica doctrina para falsos autónomos, la realidad fáctica prevalece sobre el contrato

El Supremo unifica doctrina para falsos autónomos, la realidad fáctica prevalece sobre el contrato
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El abuso de la contratación como falsos autónomos de trabajadores deberían ser contratados como personal laboral parece que tiene más cerca su fin. Esta es una solución que muchas empresas han tomado durante los momentos de crisis económica, y muchos aceptaron para poder llevar algo de dinero a sus casas. Pero ahora el Supremo unifica doctrina para falsos autónomos y establece que la realidad fáctica prevalece sobre el contrato.

Este ha sido el caso de varios trabajadores canarios contratados por la empresa Zardoya Otis como falsos autónomos. Estaban inscritos en el RETA, pero sin embargo sometidos a la organización, horarios y estructura de la empresa. De hecho hasta llevaban el mono con el logo de la misma, tenían que acudir al centro de trabajo y por supuesto no podían trabajar para otras empresas de ascensores de la competencia, como si podría hacerlo un autónomo que realmente trabaje por su cuenta.

No es el primer caso que ocurre con esta compañía, por lo que parece más una práctica generalizada que algo puntual. De esta forma se trasladan los costes laborales a los empleados. No tienen los mismos salarios que sus compañeros que si han sido contratados por la empresa, no tienen derecho a despido, ni vacaciones. Esto supone peores condiciones de trabajo y un fraude para la Seguridad Social, la gran perjudicada por este tipo de fraudes.

El Tribunal Supremo ha decidido unificar criterios para dejar claro que lo importante es la naturaleza del contrato. No es relevante que se haya firmado un contrato civil de prestación de servicios o mercantil, si la relación es laboral, esta debe prevalecer independientemente del acuerdo firmado por las partes.

Para diferenciar al falso autónomo del autónomo dependiente el TS indica que los TRADE deben ser una persona física que de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona realice una actividad económica a título lucrativo.

Esta sentencia se suma a otras que falsos autónomos de la economía colaborativa han conseguido. No son los únicos. Hay muchas empresas que han utilizado este tipo de fraudes para realizar contrataciones en momentos de crisis y donde muchas veces se ha hecho la vista gorda, sin realizar las debidas inspecciones o limitando los medios de Inspección de Trabajo para llevar a cabo su labor y así evitar sanciones a esta compañías.

En Pymes y Autónomos | Acabar con los falsos autónomos, el reto que tiene por delante la reforma del RETA

Imagen | Wikipedia

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